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22.05.2014

TC declaró fundada en parte la demanda contra la Ley Servir

Foto: archivo La República

Confirmó la inscostitucionalidad del uso del termino "judicial", por lo que servidores podrán impugnar traslado.

La demanda había sido presentada por un grupo de congresistas contra diversas disposiciones de la Ley 30057, conocida como Ley del Servicio Civil (SERVIR).

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El Tribunal Constitucional (TC) consideró que el segundo párrafo de la Cuarta Disposición Complementaria Transitoria que incluye el término “judicial”, es inconstitucional.

“Por lo tanto, los servidores que opten por migrar voluntariamente al nuevo régimen podrán cuestionar dicho traslado en sede judicial”, señala en nota de prensa.

De otro lado, la demanda no logró el número de votos requeridos por lo que se declaró infundada en los demás extremos.

De esta manera se confirmó la constitucionalidad de la delimitación de la negociación colectiva establecida en la ley SERVIR, así como la proscripción de indexación salarial, es decir, el ajuste conforme al índice de inflación.

Tampoco no se llegó a consenso respecto de las entidades exceptuadas de la aplicación de la ley (Primera Disposición Complementaria Final de la Ley).

Por otro lado, el TC respaldó "aspectos fundamentales tales como la evaluación, la meritocracia, las garantías para evitar ceses masivos" entre otros puntos de la ley.

Esta sentencia presenta las firmas de los magistrados  Carlos Mesía, Juan Vergara y Fernando Calle, quienes dejarán su cargo a principios de junio, luego de que se eligiera a los nuevos seis magistrados del TC.

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