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19.08.2026

TC admitió demanda competencial de la MML contra el JNE

Foto: El Peruano - Video: Canal N

El colegiado dio 30 días al JNE para responder tras la negativa del ente comicial a realizar elecciones complementarias.

El Tribunal Constitucional aceptó evaluar la demanda de conflicto de competencias presentada por la Municipalidad Metropolitana de Lima contra el Jurado Nacional de Elecciones.

La demanda cuestiona la decisión del ente electoral de no llevar a cabo elecciones complementarias tras la primera vuelta de las Elecciones Generales 2026.

Aunque los magistrados aceptaron revisar los argumentos de fondo, el tribunal rechazó la medida cautelar que solicitaba frenar de forma inmediata los acuerdos del JNE.

La resolución judicial otorgó un plazo de 30 días hábiles para que las autoridades electorales presenten sus descargos por escrito.

El TC aceptó evaluar el conflicto competencial entre la MML y el JNE

El pleno del TC determinó que la demanda cumple los requisitos legales iniciales para analizar si hubo una afectación a las facultades del municipio capitalino.

La iniciativa fue presentada por la alcaldía de Lima tras recibir la aprobación del Concejo Metropolitano mediante el Acuerdo 104.

Cinco magistrados respaldaron la admisión del caso para determinar si las resoluciones electorales interfieren en la labor municipal.

La entidad judicial revisará si el accionar del JNE generó trabas administrativas para la administración de la ciudad.

La Municipalidad de Lima argumentó riesgos al orden y al patrimonio

La comuna limeña sostuvo en su demanda que la negativa a convocar nuevos comicios genera descontento y provoca marchas que perjudican el orden público.

Según la alcaldía, las protestas ciudadanas alteran el tránsito vehicular y ponen en peligro la infraestructura del Centro Histórico de Lima.

El documento municipal sustentó que la gestión de la seguridad en las calles y la protección de monumentos históricos forman parte de sus competencias legales.

La comuna argumentó que el gasto en planes de contingencia para vigilar las manifestaciones afecta los recursos destinados a obras públicas.

La resolución del TC descartó aplicar una medida cautelar de urgencia

El Tribunal Constitucional declaró improcedente la medida cautelar al considerar que no existe un daño directo e inmediato entre las decisiones electorales y el control del tránsito en Lima.

Los jueces señalaron que las medidas del JNE se enfocan exclusivamente en organizar el proceso electoral y no en alterar el orden de la ciudad.

En la misma sesión, los magistrados Pacheco Zerga y Monteagudo Valdez votaron en contra de admitir la demanda al señalar que el reclamo no tiene sustento constitucional.

Los jueces advirtieron que la posibilidad de protestas en las calles no faculta a un municipio a iniciar un conflicto de competencias contra un organismo del Estado.

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