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16.04.2026

PJ: Rechaza el pedido de Pedro Castillo para anular su proceso

El Poder Judicial rechazó el pedido de Pedro Castillo que buscaba anular todo su proceso y salir libre. Foto: Andina. Video: Canal N

El Poder Judicial rechazó el pedido de Pedro Castillo que buscaba anular todo su proceso y salir libre

El Juzgado Supremo de Investigación Preparatoria, a cargo del magistrado Juan Carlos Checkley, emitió la Resolución Número Dos con fecha 13 de abril de 2026. En este fallo, el tribunal resolvió declarar infundada la cuestión previa presentada por la defensa del expresidente Pedro Castillo.

El exmandatario enfrenta este proceso en calidad de presunto autor del delito contra la tranquilidad pública, bajo la modalidad de organización criminal agravada por su condición de líder. Asimismo, se le investiga por tráfico de influencias agravado y como cómplice en el delito de colusión, todo ello en agravio del Estado.

El intento de la defensa por anular lo actuado

La defensa técnica de Castillo, ejercida por el abogado Yataco Pérez, pretendía que se anulara todo lo avanzado en el Expediente N° 00005-2023-29-5001-JS-PE-01, lo cual incluía un total de 28 incidentes procesales. El objetivo final del recurso era obtener el cese de la prisión preventiva que cumple el investigado.

El argumento principal de la defensa sostenía que se había vulnerado el principio de juez natural. Según su postura, el Ministerio Público no respetó el procedimiento establecido en el artículo 450° del Código Procesal Penal (CPP), alegando que la designación del juez supremo encargado no fue realizada por la Sala Penal de la Corte Suprema, sino mediante resoluciones administrativas de la presidencia del Poder Judicial.

Análisis y fundamentos del Juzgado Supremo

En su resolución, el juez Checkley aclaró que la cuestión previa solo procede cuando se omite un "requisito de procedibilidad" explícito en la ley, como es el antejuicio político para altos funcionarios. Tras analizar el caso, el magistrado determinó:

-Se verificó el cumplimiento de los requisitos legales, pues el Congreso de la República emitió la Resolución Legislativa N° 006-2022-2023-CR, la cual declaró haber lugar a la formación de causa penal.

-Los reclamos sobre la designación administrativa del juez no constituyen requisitos que impidan el inicio de la acción penal, sino que son normas de organización judicial posteriores a la formalización de la investigación.

-La Corte Suprema ya ha validado en jurisprudencia previa que el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial tiene facultades para crear órganos y designar magistrados provisionales sin vulnerar la ley.

Postura de Pedro Castillo y situación legal

Durante la audiencia, Castillo Terrones hizo uso de la palabra para cuestionar la legitimidad de las autoridades judiciales, atribuyendo su situación a "influencias políticas externas" y rechazando la prolongación de su encierro. No obstante, el tribunal concluyó que el órgano jurisdiccional posee potestad legítima y que no se ha configurado ningún vicio que justifique la anulación del proceso.

Con esta decisión, el Ministerio Público queda habilitado para continuar con las diligencias programadas en la etapa de investigación preparatoria, manteniéndose firmes todas las medidas coercitivas dictadas contra el exjefe de Estado.

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