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2.09.2025

PJ rechaza pedido de arresto domiciliario de Alejandro Toledo

Foto y video: Canal N

Alejandro Toledo fue condenado a 20 años y 6 meses por colusión y lavado de activos en la concesión de la Interoceánica Sur.

El Poder Judicial rechazó nuevamente la solicitud del expresidente Alejandro Toledo para sustituir su condena de prisión efectiva por arresto domiciliario. La defensa invocaba la Ley N.º 32181, aprobada en diciembre de 2024, que otorga a mayores de 80 años la posibilidad de cumplir sus sentencias bajo esa modalidad por razones humanitarias.

La Primera Sala Penal de Apelaciones confirmó en segunda instancia la resolución que ya había sido denegada en mayo de 2025. El exmandatario continuará recluido en el penal de Barbadillo, en Ate.

Alejandro Toledo, expresidente - Fuente: Andina

¿Qué argumentó la defensa de Alejandro Toledo?

La defensa sostuvo que el artículo 22 del Código Penal fue interpretado de manera errónea, ya que —según su lectura— no exige que la condena sea firme para aplicar arresto domiciliario.

Alegó que Toledo ya viene cumpliendo condena y que corresponde que lo haga bajo detención en su domicilio.

Asimismo, presentó razones humanitarias, indicando que el exmandatario “padece un conjunto de enfermedades que lo convierten en una persona vulnerable”.

Recordó también que el Tribunal Constitucional ordenó anteriormente su traslado para atenciones médicas inmediatas.

¿Cuál fue la respuesta de la Sala Penal de Apelaciones?

La Sala señaló que, al tratarse de una ejecución provisional, no se puede revertir la prisión efectiva dispuesta en la sentencia inicial mientras se encuentra pendiente la apelación.

Precisó: “Será el órgano jurisdiccional de apelación que decida en el expediente principal la modalidad de ejecución de la condena en caso fuera confirmada la sentencia expedida contra el encausado”.

De esta manera, concluyó que la vía incidental no era la adecuada para modificar la forma de ejecución de la pena.

¿Qué postura tuvo el Ministerio Público?

El Ministerio Público se opuso a la solicitud de la defensa. Argumentó que Toledo no tiene la condición de condenado firme sino de procesado con sentencia en primera instancia.

Recordó además que fue extraditado desde Estados Unidos tras haberse mantenido fuera del país durante años, lo que evidenció un riesgo de fuga.

También advirtió que el exmandatario tiene otros procesos en trámite, entre ellos el caso Ecoteva, lo que refuerza la necesidad de mantener la prisión efectiva.

¿Qué delitos se le atribuyen a Toledo en este caso?

El expresidente fue condenado por los delitos de colusión y lavado de activos, en agravio del Estado, vinculados a sobornos entregados por Odebrecht.

Se le responsabilizó de favorecer a la constructora brasileña en la concesión de los tramos II y III de la carretera Interoceánica Sur.

La condena comprende nueve años de prisión por colusión y once años y seis meses por lavado de activos, sumando un total de veinte años y seis meses.

¿Cuál es el estado de la condena?

La sentencia fue dictada en julio de 2024 con ejecución provisional. Esto significa que, aunque está apelada y no es firme, se ejecuta de inmediato debido al riesgo de fuga y la gravedad de los delitos.

La Primera Sala Penal de Apelaciones subrayó que solo el órgano de apelación está habilitado para confirmar, revocar o declarar la nulidad de la condena principal.

¿Qué otros procesos judiciales enfrenta Alejandro Toledo?

El exmandatario también afronta el caso Ecoteva, en el que se le acusa de comprar inmuebles de alto valor con dinero de origen ilícito. La Fiscalía solicitó 16 años de prisión. La lectura de la sentencia está prevista para este jueves.

Estos procesos se suman a otras investigaciones en curso por presuntos actos de corrupción y lavado de activos.

¿Qué significa la decisión sobre su situación actual?

Con el fallo emitido el 2 de setiembre de 2025, la Sala Penal de Apelaciones confirmó la improcedencia del pedido de arresto domiciliario. Toledo deberá seguir cumpliendo su condena en Barbadillo mientras se resuelven sus apelaciones y los procesos pendientes.

El Poder Judicial rechazó en segunda instancia el pedido de Alejandro Toledo para sustituir su condena de prisión por arresto domiciliario. La defensa invocó la Ley N.º 32181, que otorga ese beneficio a mayores de 80 años, alegando razones humanitarias y problemas de salud. La Sala Penal de Apelaciones concluyó que la sentencia aún no está firme y solo el órgano de apelación puede decidir sobre su ejecución. Toledo seguirá en el penal de Barbadillo y espera además el fallo por el caso Ecoteva.

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