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20.08.2013

José Peláez advirtió que los sentenciados no pueden recibir arresto domiciliario

America Noticias

“Solo uno puede recibir prisión domiciliaria cuando el imputado está en proceso y no tras la sentencia”, señaló respecto al pedido de Alberto Fujimori.

Lima.

“El Código Penal no permite que los sentenciados puedan tener un arresto domiciliario como medida comparada con una detención. Solo uno puede recibir prisión domiciliaria cuando el imputado está en proceso y no tras la sentencia”, manifestó Peláez a Radio Programas sobre la solicitud realizada por Alberto Fujimori.


 


Por su parte, William Castillo Dávila, flamante defensor del ex mandatario, afirmó que existe base legal para que el pedido proceda. “Necesitamos un juez valiente que no se deje mediatizar por la presión política”, apuntó.


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