José Balcázar: PJ declaró infundado pedido de prescripción en juicio oral del presidente
El tribunal de Lambayeque postergó el debate del pago de indemnizaciones y programó el inicio de la audiencia para el 21 de agosto de 2026.
El Poder Judicial declaró infundado el pedido de prescripción de la acción civil y suspensión de plazos en el juicio oral contra el presidente José Balcázar.
El Segundo Juzgado Penal Unipersonal de Chiclayo dictaminó que la pretensión de la defensa para archivar el cobro de reparaciones carece de sustento legal. Según consta en la Resolución N° Ocho con fecha 7 de julio de 2026, el proceso deberá continuar con nuevos requerimientos.
La decisión de la corte establece que los mecanismos para cobrar indemnizaciones derivadas de hechos ilícitos continúan vigentes en el distrito judicial del norte. El caso se vincula con presuntas irregularidades económicas detectadas durante la administración de una organización profesional en el periodo 2019.
Los sujetos procesales fueron informados de forma obligatoria sobre las nuevas fechas dispuestas por la autoridad encargada del control penal.
¿Cómo determinó el juzgado penal los plazos de la demanda civil?
El juzgado determinó que las reducciones de plazos de prescripción por razones de edad avanzada no son aplicables a las reparaciones civiles. El juez Juan Alex Cubas Bravo sentenció que el Artículo 81 del Código Penal pertenece estrictamente al ámbito de las sanciones criminales.
Según la resolución, la ley peruana no contempla rebajas de tiempo por vejez para el pago de deudas o compensaciones por daños.
El tribunal fijó que el periodo para reclamar los beneficios de la reparación civil vence de forma definitiva el 13 de junio de 2027. La fiscalía demostró que la acción resarcitoria posee una naturaleza jurídica independiente a los plazos de la sanción penal corporativa.
El rechazo de la prescripción civil mantiene activa la posibilidad de que la entidad afectada recupere los montos económicos bajo controversia jurídica.
¿Por qué se suspendió temporalmente el proceso al mandatario?
El juez suspendió provisionalmente las audiencias del juicio oral para proteger el ejercicio de las funciones del actual Presidente de la República. La resolución judicial estimó que el desarrollo de las diligencias presenciales genera interrupciones logísticas innecesarias en las labores diarias del Poder Ejecutivo.
La suspensión del proceso penal en su extremo civil se mantendrá vigente hasta el término de su mandato constitucional de cinco años.
El litigio civil proviene de una denuncia por el delito de Apropiación Ilícita en agravio del Ilustre Colegio de Abogados de Lambayeque. De acuerdo con la acusación, el investigado permitió depósitos de fondos institucionales en sus cuentas personales de ahorros cuando era decano.
Aunque la responsabilidad penal prescribió en junio de 2025, el cobro de la indemnización de la orden profesional sigue en debate.
¿Cuándo se realizarán las próximas audiencias del juicio oral?
El Segundo Juzgado Penal Unipersonal de Chiclayo ordenó reanudar la instalación del juicio oral el próximo 21 de agosto de 2026 a las 3:30 p. m. La sala judicial citó a los abogados del imputado y a la representación legal de la orden profesional agraviada de Lambayeque.
Además, el juez dejó programada una segunda sesión para el día 28 de agosto de 2026.
La defensa técnica de Balcázar Zelada invocó la inmunidad de los artículos 110 y 117 de la Constitución para paralizar las demandas ordinarias. El juzgado resolvió que la protección constitucional no exime a los altos funcionarios del cumplimiento de responsabilidades de carácter indemnizatorio civil. La notificación de las fechas busca dar predictibilidad a las partes procesales luego de resolverse las excepciones planteadas por los litigantes.