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20.06.2025

JNE confirma que Yessenia Lozano rompió regla de neutralidad

JNE confirma que Yessenia Lozano rompió regla de neutralidad. Video: Canal N

Yessenia Lozano, funcionaria del Congreso, tenía en su oficina imagen de César Acuña y símbolo de APP. El JNE ratificó que vulneró la neutralidad

El Jurado Nacional de Elecciones (JNE) confirmó que Yessenia Lozano vulneró el principio de neutralidad electoral y declaró infundado su recurso de apelación. La funcionaria había sido denunciada por tener una imagen de César Acuña y el símbolo de su partido en su oficina del Congreso.

¿Qué resolvió el JNE sobre el caso de Yessenia Lozano?

El Pleno del JNE declaró infundado el recurso de apelación presentado por Yessenia Lozano, jefa del Centro de Modalidades Formativas del Congreso. De esta forma, confirmó lo decidido por el Jurado Electoral Especial (JEE) de Lima Centro 1, que había determinado que Lozano infringió el principio de neutralidad.

¿Qué elementos usó el JEE para sustentar su decisión?

La denuncia fue presentada por un ciudadano que identificó, dentro de la oficina de Lozano, una fotografía del gobernador regional de La Libertad, César Acuña, y el logotipo del partido Alianza para el Progreso (APP). Lozano es afiliada a este partido.

Para el JEE, estos elementos constituyeron una expresión visible de afiliación política en un espacio institucional, lo cual está prohibido por la normativa electoral.

¿Qué dijo Yessenia Lozano en su defensa?

En sus descargos, Lozano argumentó que no realizó proselitismo ni intentó influenciar a electores, y que solo tenía una imagen decorativa. Sostuvo que no hubo actos activos de persuasión ni intención de beneficiar políticamente a nadie.

Pese a ello, el JNE consideró que la sola exhibición de símbolos partidarios dentro de un espacio público es suficiente para vulnerar el deber de neutralidad.

¿Qué pasará ahora con el caso?

El JEE dispuso que la resolución sea remitida al Ministerio Público, la Contraloría General de la República y al Congreso de la República. Estas entidades deberán actuar conforme a sus competencias, una vez que el fallo quede consentido o ejecutoriado.

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