JEE: Roberto Sánchez habría usado personal público en campaña
Informe de fiscalización advierte uso de personal público para fines políticos. Caso fue elevado al pleno del JEE, Ministerio Público y Contraloría para determinar responsabilidades.
El Jurado Electoral Especial de Lima Este 1 concluyó que el congresista Roberto Sánchez, actual candidato presidencial por Juntos por el Perú, habría vulnerado el principio de neutralidad electoral. Según el informe emitido en diciembre de 2025, esta conclusión se basa en actividades proselitistas realizadas por personal de su despacho durante el horario laboral, en el penal de Barbadillo.
La investigación se inició tras un reportaje de Cuarto Poder y América Noticias, donde se muestra a trabajadores del despacho congresal participando en manifestaciones a favor del partido Juntos por el Perú. El evento fue registrado en noviembre, en pleno horario de oficina.
¿Qué dice el informe del Jurado Electoral Especial?
El informe de fiscalización N.° 000059-2025, elaborado por el coordinador del JEE de Lima Este 1, concluye que se habría producido una infracción grave al principio de neutralidad. La evidencia incluye videos y registros oficiales que identifican a los trabajadores involucrados como personal activo del Congreso.
Según el documento, los actos registrados representan un uso indebido de recursos públicos y podrían configurar el delito de peculado de uso. El JEE recomienda remitir el caso al Ministerio Público y a la Contraloría para acciones correspondientes.
¿Quiénes son los trabajadores involucrados en los hechos?
Los trabajadores identificados en el informe son Gian Marco Castillo Gómez y Ernesto Zunini Yerren. Ambos aparecen en las imágenes participando en actos políticos junto al congresista Sánchez, portando banderas partidarias y consignas a favor del expresidente Pedro Castillo.
Consultas al portal de transparencia del Congreso confirman que Castillo figura como coordinador del despacho y Zunini como técnico. El evento se realizó frente al penal de Barbadillo, en el distrito de Ate.
¿Qué funciones tenían los trabajadores y cuánto ganaban?
Gian Marco Castillo, sobrino del expresidente Castillo, tenía un sueldo superior a los tres mil soles. Zunini, identificado como dirigente partidario, percibía siete mil soles. Ambos fueron captados realizando actividades políticas en el horario de trabajo asignado por el Congreso.
La fiscalización verificó la relación laboral mediante registros oficiales, confirmando que ambos figuraban en planilla al momento de los hechos.
¿Qué argumenta Roberto Sánchez en su defensa?
El congresista aseguró que ninguno de sus trabajadores incurrió en uso indebido de recursos públicos. Afirmó que todos contaban con licencias sin goce de haber el día del evento. Además, precisó que la participación fue personal y no representó gasto para el Estado.
Sánchez cuestionó que se formulen denuncias sin sustento documental y defendió que toda la información puede ser contrastada con los registros del Congreso.
¿Qué dice el marco legal sobre la neutralidad electoral?
El artículo 346 de la Ley Orgánica de Elecciones prohíbe a los funcionarios públicos realizar propaganda política. El Código de Ética de la Función Pública también impide el uso de funciones o recursos estatales con fines partidarios.
El informe del JEE subraya que la conducta de los trabajadores y del congresista se encuadra en estas prohibiciones, al tratarse de recursos humanos del Congreso usados para actividades proselitistas.
¿Cuáles son las implicancias penales del caso?
Además de la infracción electoral, el documento sugiere una posible configuración del delito de peculado de uso. Esta figura penal castiga a funcionarios que permiten el uso de bienes o servicios públicos con fines ajenos a su función.
El JEE aclara que los procedimientos penal y electoral pueden coexistir, al tener objetivos distintos. Mientras uno sanciona conductas ilícitas, el otro protege la transparencia del proceso electoral.
¿Qué medidas propone el Jurado Electoral Especial?
El informe recomienda elevar el caso al pleno del JEE para que tome las decisiones correspondientes. También sugiere trasladar los actuados al Ministerio Público y la Contraloría, a fin de iniciar investigaciones por posible uso indebido de recursos públicos.
El documento destaca que Sánchez ostenta funciones simultáneas como congresista, apoderado de partido y candidato presidencial, lo cual exige mayor cuidado con el principio de neutralidad.
El Jurado Electoral Especial de Lima Este 1 concluyó que el congresista Roberto Sánchez habría infringido el principio de neutralidad al permitir que trabajadores de su despacho participen en actividades políticas durante horario laboral. La fiscalización identificó a dos empleados del Congreso y confirmó su vínculo activo con el despacho. El informe plantea que los hechos también podrían constituir delito de peculado de uso. Sánchez respondió que los involucrados contaban con licencia sin goce de haber. El caso fue derivado al pleno del JEE, al Ministerio Público y a la Contraloría para determinar eventuales responsabilidades administrativas o penales.