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2.07.2025

Indecopi acusa a BBVA y Rímac de llamar sin consentimiento

Foto y video: Canal N

El organismo detectó, con ayuda de inteligencia artificial, prácticas comerciales sin aval legal tras analizar más de 600 mil llamadas de ambas empresas.

Indecopi inició un procedimiento sancionador de oficio contra el Banco BBVA Perú y Rímac Seguros y Reaseguros, luego de detectar que ambas empresas habrían promocionado productos sin autorización previa de los consumidores. La evidencia fue hallada tras analizar más de 600 mil grabaciones telefónicas, lo que abrió la puerta a un posible proceso por infracción del Código de Protección y Defensa del Consumidor.

El caso está siendo evaluado por la Comisión de Protección al Consumidor N° 3 (CC3), que tendrá a su cargo la posible imposición de sanciones.

¿Cómo descubrieron la práctica irregular?

Con el uso de inteligencia artificial y herramientas de ciencia de datos, el Indecopi examinó más de 600 000 llamadas telefónicas. Según el organismo, no se encontró evidencia de consentimiento previo, informado, expreso e inequívoco por parte de los usuarios que recibieron estas comunicaciones con fines promocionales.

Esta revisión masiva fue realizada por la Dirección de Fiscalización, como parte de un trabajo más amplio iniciado desde 2024 que abarca al menos siete millones de audios en el sector financiero y de telecomunicaciones.

¿Cuál sería la multa y qué medidas podrían aplicarse?

El procedimiento podría culminar con multas de hasta 450 UIT, equivalentes a S/ 2 407 500, además de medidas correctivas a favor de los usuarios perjudicados. Estas podrían incluir desde la reparación directa del daño hasta la obligación de modificar procesos comerciales internos para evitar la repetición de estas prácticas.

¿Hay más empresas investigadas por la misma razón?

Sí. Esta acción contra BBVA y Rímac no es aislada. Indecopi ya ha iniciado procedimientos similares contra:

  • Pacífico Seguros y Reaseguros, por promocionar servicios sin autorización.

  • Impulsa 365 S.A.C., un call center que habría operado sin los debidos permisos.

  • Entel Perú S.A., por no atender requerimientos de información sobre llamadas spam.

Todas estas acciones se enmarcan en una estrategia de fiscalización tecnológica que Indecopi viene ejecutando para reducir prácticas intrusivas.

¿Qué dice el Código de Protección al Consumidor?

El marco legal es claro: toda promoción telefónica debe contar con el consentimiento previo del usuario. Si este no se acredita, la empresa incurre en una infracción pasible de sanción administrativa. Esta disposición busca proteger la privacidad y el derecho del consumidor a decidir si desea o no recibir publicidad.

¿Qué deben hacer los usuarios afectados?

Indecopi recomienda a los consumidores que presenten su queja o denuncia si recibieron llamadas promocionales sin haberlas autorizado. Para ello, pueden usar los canales digitales o acudir a las oficinas del organismo. También recordaron que ninguna empresa puede justificar este tipo de contacto si no cuenta con evidencia del consentimiento del usuario.

¿Cuál es el impacto de estas prácticas?

Además de vulnerar derechos fundamentales, las llamadas sin consentimiento generan molestia, pérdida de tiempo y desconfianza hacia las empresas que las ejecutan. En un mercado que busca afianzar la transparencia y la confianza, este tipo de prácticas podrían dañar seriamente la reputación de las entidades involucradas, especialmente en sectores como la banca y los seguros.

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