Gobierno extiende el estado de emergencia en Lima y Callao
La medida que rige en Lima y Callao entrará en vigencia este 30 de marzo para frenar la inseguridad ciudadana
El Gobierno oficializó la prórroga del estado de emergencia en Lima y Callao por un periodo adicional de 30 días calendario. Según informó el boletín de Normas Legales del Diario Oficial El Peruano, la medida busca fortalecer la lucha contra la criminalidad y diversas situaciones de violencia en ambas jurisdicciones.
Esta disposición se formalizó mediante el Decreto Supremo N° 044-2026-PCM, estableciendo que la prórroga será efectiva desde el lunes 30 de marzo de 2026. Durante este lapso, la Policía Nacional del Perú mantendrá la responsabilidad del control del orden interno, contando con el apoyo de las Fuerzas Armadas.
Canal N pudo conocer que las intervenciones de las fuerzas del orden se determinarán bajo criterios técnicos de inteligencia y mapas del delito. Las autoridades indicaron que el uso de la fuerza y las acciones tácticas se realizarán conforme a los marcos normativos vigentes y protocolos de actuación conjunta del Estado.
Alcances de la restricción de derechos constitucionales
La norma ratifica la suspensión o restricción de derechos fundamentales relativos a la libertad y seguridad personales, según informó el Ejecutivo. Específicamente, se mantienen limitados el derecho a la inviolabilidad de domicilio, la libertad de tránsito y la libertad de reunión en Lima Metropolitana y la provincia constitucional.
Estas limitaciones operan bajo lo dispuesto en el numeral 1 del artículo 137 de la Constitución Política del Perú. Las fuentes oficiales señalaron que estas medidas son necesarias para facilitar las operaciones policiales destinadas a desarticular organizaciones criminales en zonas críticas debidamente identificadas.
Respecto a las garantías durante las intervenciones, se aplicarán los lineamientos del Decreto Legislativo Nº 1186 y el Decreto Legislativo Nº 1095. Asimismo, se informó que se mantiene vigente el protocolo de atención para mujeres y personas en condición de vulnerabilidad durante los contextos de detención o retención policial.
Regulación de actividades y financiamiento de la medida
En relación a la realización de eventos masivos de carácter público, el Gobierno precisó que se debe solicitar permiso ante las autoridades competentes. Esta exigencia aplica para actividades religiosas, culturales y deportivas que congreguen a un gran número de ciudadanos para su debida evaluación de seguridad.
Por el contrario, las actividades que no posean carácter masivo podrán desarrollarse sin necesidad de gestionar una autorización previa, según indica el decreto supremo. Esta distinción busca no paralizar las dinámicas cotidianas que no representen un riesgo para el orden público o la seguridad de los asistentes.
Finalmente, el financiamiento de las operaciones derivadas de esta declaratoria se efectuará con cargo al presupuesto institucional de los pliegos involucrados. El Ministerio de Economía y Finanzas podrá autorizar asignaciones adicionales de recursos, de acuerdo con la disponibilidad presupuestal existente para el presente ejercicio fiscal.