Gobierno aprueba reglamento que extiende vigencia del Reinfo
El reglamento permite que el Reinfo se pueda transferir por herencia, medida clave para dar continuidad a la formalización minera integral
El Ejecutivo publicó este domingo el reglamento de la Ley N.º 32213, mediante el Decreto Supremo N.º 009-2025-EM, que amplía el plazo del proceso de formalización minera integral, conocido como Registro Integral de Formalización Minera (REINFO). Esta norma está dirigida a la pequeña minería y minería artesanal, sectores que enfrentan desafíos para cumplir con la legislación vigente.
El reglamento establece que el Ministerio de Energía y Minas (Minem) ejercerá la rectoría del proceso, lo que significa que asumirá el liderazgo en la implementación sin interferir con las competencias de otras instituciones. Esto busca mejorar la eficiencia del proceso y reducir la burocracia.
¿Qué herramientas nuevas se implementarán?
Una de las principales novedades es la creación del Sistema Interoperable de la Pequeña Minería y Minería Artesanal (SIPMMA), que permitirá al Minem controlar la trazabilidad de minerales, explosivos, insumos químicos y otros productos fiscalizados.
Este sistema generará alertas y reportes automáticos que serán validados con bases de datos de distintas entidades públicas. Así, se facilitará la fiscalización, se identificarán riesgos y se evaluará el cumplimiento de las obligaciones de los mineros inscritos.
Además, se implementará una Ventanilla Única para centralizar y agilizar todos los trámites relacionados con la formalización minera, lo cual representa un alivio para muchos pequeños mineros que enfrentaban demoras y duplicidad de procesos.
¿Qué cambios introduce sobre el Reinfo?
El reglamento introduce una medida clave: el Registro Integral de Formalización Minera (Reinfo) podrá ser transferido por herencia. Esto significa que, si un minero inscrito fallece, sus herederos podrán continuar con el proceso de formalización, siempre que la sucesión esté registrada oficialmente.
Cuando existan varios herederos, estos deberán constituir una persona jurídica conformada solo por ellos. Esta entidad será la responsable legal de continuar el proceso y de los impactos que la actividad minera pueda generar, asegurando así la continuidad y legalidad de la operación.