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4.10.2018

Electores que publiquen su voto por redes sociales recibirán dos años de prisión

La pena no es efectiva, pero el infractor tendrá que firmar el libro de buena conducta. Foto: Andina

Experto del JNE aclaró que no está prohibido ingresar a la cámara secreta con celular o cámara fotográfica

La difusión en las redes sociales de una foto o selfie que se haya tomado a la cédula de votación ya marcada es un delito que es sancionado con una pena no menor a los dos años de prisión, así lo informó Miguel de la Cruz, experto del Jurado Nacional de Elecciones (JNE).

Según la Ley Orgánica de Elecciones establece que desde 24 horas antes hasta después de concluidas las elecciones de este domingo 7 de octubre, está prohibida la difusión de propaganda electoral.

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“Es un delito electoral sancionado con pena de prisión no menor de dos años para quien haga propaganda electoral por cualquier medio, sea por volante, carteles, polos con el símbolo de un candidato o a través de las redes sociales en horas de la jornada electoral del domingo”, indicó de la Cruz a Andina.

Cabe aclarar que, no está prohibida la toma de fotografías o selfies en la cámara secreta de votación, el experto del JNE manifestó que la difusión de esa imagen en las redes sociales sí está prohibida, porque se está haciendo propaganda, induciendo al voto a otras personas.

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Si bien reconoció que esta pena no constituye una prisión efectiva, ya que es menor de 4 años, el especialista dijo que la condena representa una mancha en la hoja de vida del infractor, así como una incomodidad de tener que firmar el libro de buena conducta en el Poder Judicial.

Asimismo, si un fiscalizador sospecha que se ha difundido una foto de un voto recién emitido, está facultado a solicitarle al votante el equipo donde está grabada la imagen. Las elecciones regionales y municipales están programadas para este domingo 7 de octubre.

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