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14.03.2017

Establecen reglamento de uso de perros guías para personas con discapacidad

Perros guía. Foto: Difusión

El incumplimiento de la norma será multado hasta con 12 UIT

A partir de ahora, las personas con habilidades diferentes que cuenten con perros guías, necesarios para su desempeño, deberán ceñirse a lo establecido por el Gobierno y en caso incumplan la norma serán multadas con hasta 12 UIT.

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Entre las disposiciones dadas destacan:

  1. Los perros guías deberán contar con los aparejos (poleas para sujetarlos) que les corresponden y deberán ser usados para las funciones que fueron entrenados, según lo dispuesto en el DS 1-2017 del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables (MIMP).
  2. Los dueños de los canes deberán exhibir el canré emitido por el Consejo Nacional para la Integración de Persona con Discapacidad (Conadis), a fin de acreditar la inscripción del perro guía en el  Registro Nacional de Perros Guía.
  3. Asimismo se garantiza la vigencia de las vacunas y tratamientos contenidos en el certificado sanitario, y se pretende asegurar que el can guía cumpla las condiciones higiénico-sanitarias en los lugares o transportes de uso público.

Las sanciones económicas, por parte del Conadis, establecen multas que oscilan entre las 8 y 12 UIT

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