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15.01.2018

Caso Pativilca: ¿puede la gracia presidencial absolver a Alberto Fujimori?

Caso Pativilca: el destacamento Colina ejecutó a 6 personas, entre ellas un maestro, varios líderes campesinos y un adolescente de 17 años. Foto: captura de TV

Para la defensa de los familiares de las víctimas, el plazo tendría que contarse desde el 2017, cuando la justicia chilena autorizó procesar a Fujimori por este caso

El indulto no fue la única prerrogativa constitucional que el presidente Pedro Pablo Kuczynski le concedió al exreo Alberto Fujimori, quien vive desde hace 10 días en una lujosa residencia de La Molina rodeado de familiares y de sus más cercanos colaboradores. La pena más alta que recibió Fujimori fue de 25 años por los delitos de homicidio calificado, lesiones graves y secuestro agravado y debía salir en libertad el 10 de febrero del año 2032.

Sin embargo, el indulto le perdonó la pena que le faltaba cumplir. Pero además, en el mismo acto, Kuczynski le concedió el derecho de gracia, una figura que cancela los procesos penales que tuviera en curso quien la recibe. Hay un intenso debate sobre si se debe aplicar el derecho de gracia a Fujimori por el llamado caso Pativilca, una acusación que podría devolverlo a prisión.

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Pero ¿qué pasó en Pativilca y de qué se le acusa a Alberto Fujimori? A fines de 1991 Inteligencia del Ejército, el temible SIE, obtuvo información sobre supuestas actividades senderistas en el distrito de Pativilca, en Barranca, cerca a Lima. Y el 29 de enero de 1992, el Ejército envió a la zona al destacamento Colina, el mismo grupo que perpetró las matanzas de Barrios Altos y La Cantuta.

Esa madrugada, el destacamento Colina ejecutó a 6 personas, entre ellas un maestro, varios líderes campesinos y un adolescente de 17 años. Como en otras ocasiones, Martin Rivas y su gente hicieron todo lo necesario para dar la apariencia de que se había tratado de una acción subversiva de Sendero Luminoso.

Gloria Cano (APRODEH)
Durante muchos años se pensó que esta acción había sido realizada por Sendero Luminoso (SL), a pesar de que los familiares decían que habían visto un cordón de seguridad, la Policía decía que no, que una mujer había liderado eso y que habían hecho pintas sobre SL, tenía que ser SL. Recién se conoce que fue una acción del destacamento Colina como parte de un plan de operaciones por la versión de sus propios miembros en el 2006 y 2007.

Es recién en el año 2006, cuando un grupo del destacamento Colina decide acogerse a la colaboración eficaz, que sale a la luz, gracias a sus propias declaraciones, que esa matanza había sido ejecutada por ellos y no por terroristas, como se pensaba hasta ese momento. Y que la incursión en Pativilca había sido realizada como parte del plan de operaciones Cipango, aprobado por la Dirección de Inteligencia del Ejército y que, como se demostró en el juicio por los casos Barrios Altos y La Cantuta, Fujimori conocía. Por un tema de tiempo, este caso no fue parte del proceso de extradición del expresidente, pero podría serlo en el marco de la ampliación que solicitó la misma justicia chilena.

Gloria Cano (APRODEH)
Recién allí la fiscalía empieza a investigar, pero ya se había ido el cuaderno de extradición, Fujimori ya estaba en Japón, después llegó a Chile. Entonces se comienza a trabajar y se inicia el proceso judicial recién en el 2012 y en febrero del año pasado el juez en Chile declara procedente la ampliación de la extradición, su defensa apela y la Corte Suprema de Chile recién en junio del año pasado decide aprobar la extradición.

En este punto surge la interrogante ¿se debe aplicar el derecho de gracia a Fujimori por este caso y sustraerlo del proceso que existe y que sigue en curso? La propia Constitución establece un límite al derecho de gracia: solo se puede otorgar “en beneficio de los procesados en los casos en que la etapa de instrucción haya excedido el doble de su plazo más su ampliatoria”. 

El Código de Procedimientos Penales de 1940, vigente a la fecha, sostiene que en casos complejos la instrucción puede durar 8 meses y ser ampliada por 4 adicionales. O sea 12 meses que multiplicados por dos, como señala la Constitución, arrojan un total de 24 meses. Para la defensa de Fujimori, ese plazo debe contabilizarse desde el 2012, cuando se abrió un proceso por el caso, pero quedó en suspenso porque no era parte de los que estaba incluidos en el cuaderno de extradición.

Miguel Pérez Arroyo (abogado de Alberto Fujimori): ¿El proceso para Fujimori comenzó en el 2016? Comenzó mucho antes, en el 2012.
Periodista: Pero quedó suspendido y no se le pudo interrogar 
Miguel Pérez Arroyo: Que haya quedado suspendido por efecto de la consulta a Chile no quita que el proceso para él comenzó en el 2012 

Pero para la defensa de los familiares de las víctimas, el plazo solo podría contarse desde el año pasado, cuando la justicia chilena autorizó al Estado peruano procesar a Fujimori por el caso Pativilca.

Gloria Cano (APRODEH): 
En este caso Fujimori no fue ni siquiera sometido a interrogatorio porque no se le podía ni interrogar hasta que Chile autorizara. Su incorporación al proceso judicial es a partir de que la Corte Suprema de Chile, en junio del año pasado (2017), autoriza que se le incluya como procesado en ese caso, a partir de ahí es que se cuenta.

La gracia presidencial es una prerrogativa del presidente que fue creada para permitir que los presos que estaban siendo procesados durante mucho más tiempo de lo razonable sin una sentencia, fuesen liberados. Sin embargo, en la resolución suprema firmada por Kuczynski el día de Navidad la fundamentación del indulto es bastante breve y en el caso de la gracia presidencial casi no hay argumentación que sustente el motivo para habérsela concedido.

Iván Montoya (ex procurador anti corrupción): 
No hay ni por asomo ninguna preocupación por las víctimas, ni siquiera en la parte de la fundamentación. Darse cuenta de que existía una parte que podía ser afectada por la resolución. Por lo menos a ese nivel podríamos decir que el presidente se preocupó de que existía otra cara de la moneda en su decisión 

Pero para el penalista César Nakazaki, ex abogado de Alberto Fujimori, no era indispensable fundamentar el derecho de gracia porque este estaría sustentado en los mismos motivos que el indulto humanitario.

César Nakazaki:
Si bien la gracia presidencial está pensada para procesos largos, lo que pesa es el motivo. ¿Por qué ya no puede ser sometido a proceso ni seguir en la cárcel? ¿la razón humanitaria? Si la fibrilación auricular existe y genera un alto riesgo de trombosis que si no es enfrentada a tiempo la persona puede morir, es válida la gracia presidencial por el mismo motivo que es válido el indulto humanitario.

Pero además del plazo que debe contabilizarse y de la motivación formal detrás de la gracia presidencial hay un asunto de fondo que también genera debate. El conflicto entre el derecho a la verdad y el derecho a la dignidad y a la salud del reo.

El abogado del ex presidente considera que esas facilidades se le podrían conceder a su defendido pero solo como testigo, después de haber sido excluido como acusado del proceso, gracias a la gracia firmada por Kuczynski.

Miguel Pérez Arroyo (abogado de Alberto Fujimori): 
El proceso va a continuar, pero sin la participación de Fujimori como procesado. La Corte podría solicitar la presencia testimonial de Fujimori, solo como testigo, porque ya fue objeto de una gracia presidencial y ya se extinguió la acción penal respecto de él en el proceso. Por tanto el derecho a la verdad queda incólume, porque si lo que se quiere es saber la verdad, el proceso no se está cancelando. Lo que se está cancelando es la persecución penal a Fujimori en virtud al derecho de gracia. 

Pero para el ex procurador anticorrupción Iván Montoya, excluir a Fujimori como acusado del proceso podría convertir el derecho de gracia concedido en un generador de impunidad pues la sociedad tiene derecho a conocer la verdad y a que se haga justicia.

Ahora sabemos que la residencia donde vive Alberto Fujimori cuesta una mensualidad de 4 300 dólares, una cifra que según su médico y hombre de confianza Alejandro Aguinaga, es pagada por un grupo de amigos del ex reo. Una de las críticas al indulto a Fujimori era justamente que no hubiese pagado ni se hubiera comprometido a pagar ni un solo centavo de la reparación civil que le debe al Estado. Sin embargo, esta semana su abogado anunció que ha decidido pagar la reparación en la medida que le permitan sus posibilidades y, como en el caso de la casa donde vive, también con una pequeña ayuda de sus amigos.

Miguel Pérez Arroyo (abogado de Alberto Fujimori): 
En los siguientes días va a hacer un abono importante a favor del Estado con la ayuda de su familia y de las personas que colaboran permanentemente con él a efectos de pagar una parte que acredite su voluntad de pago de la reparación civil. Además va a ofrecer al Estado un porcentaje de entre el 20 y 30% de cualquier ingreso que perciba de aquí en adelante. Incluso ingresos acumulados como el tema de la Universidad Agraria de La Molina y si alcanza el hecho de su pensión como expresidente.

El 2 de febrero la Corte Interamericana de Derechos Humanos ha programado una audiencia para revisar el indulto a Fujimori. Esta semana, el tribunal rechazó el pedido del exmandatario para que su abogado exponga en la audiencia por no encontrarse legitimado para participar en el proceso. 

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Y este 26 de enero, la Sala Penal Nacional deberá decidir si Fujimori continúa como acusado en el proceso por el caso Pativilca o si lo excluye del proceso. Cualquiera sea la decisión, la parte que considere que se trata de una decisión injusta apelará y será en última instancia la Corte Suprema la que tomará la decisión final. Mientras tanto, la posibilidad de que Alberto Fujimori vuelva a ser procesado, sentenciado y encarcelado por un crimen ejecutado bajo el mismo plan operativo que los casos Barrios Altos y La Cantuta, por los que ya ha sido condenado a prisión, sigue siendo una inquietante posibilidad.

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