Universidades con licencia denegada tendrán un año adicional para cesar actividades

Para acogerse a esta ampliación de cese, las universidades y escuelas de posgrado con licencia denegada deberán comunicar a la Sunedu su decisión de acuerdo con los criterios de oportunidad previstos en la presente resolución. 

Universidades con licencia denegada tendrán un año adicional para cesar actividades

Universidades con licencia denegada tendrán un año adicional como plazo máximo para cesar actividades, según norma de la Sunedu publicada hoy en el diario oficial El Peruano.  

La Resolución del Consejo Directivo N° 030-2022-SUNEDU/CD señala que, para acogerse a esta ampliación de cese, las universidades y escuelas de posgrado con licencia denegada deberán comunicar a la Superintendencia Nacional de Educación Superior Universitaria su decisión de acuerdo con los criterios de oportunidad previstos en la presente resolución. 

Asimismo, deberán cumplir con las demás exigencias del régimen de ampliación excepcional del plazo de cese previstas en la Resolución del Consejo Directivo N° 044-2020-SUNEDU/CD. 

La norma indica que el cómputo del plazo excepcional previsto en la presente resolución se iniciará con la comunicación de respuesta enviada por la Dirección de Supervisión informando sobre el cumplimiento de las condiciones previstas en la Resolución del Consejo Directivo N° 044-2020-SUNEDU/CD, en el marco de la supervisión del régimen de cese de actividades. 

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