Estado de emergencia: SBS amplía la suspensión del cómputo de plazos administrativos

La medida incluye los legalmente establecidos para la entrega de información requerida a la supervisora de manera virtual  

SBS se refirió sobre el estado de emergencia. Video: Canal N / Foto: El Comercio

La Superintendencia de Banca, Seguros y AFP (SBS) prorroga hasta el 26 de abril inclusive la suspensión del cómputo de plazos administrativos relacionados con las funciones y las atribuciones que le corresponden, según la resolución SBS N°1280-2020, ante el estado de emergencia en el país.

El ente precisó que esto rige a excepción de aquellos en que la entidad supervisora hubiera solicitado expresamente su cumplimiento.

En marzo pasado, mediante Resolución de Superintendencia N°1259-2020, se dispuso suspender durante 15 días calendario el cómputo de estos plazos, como parte del estado de emergencia decretado por el Gobierno.

Luego, a través de la Resolución de Superintendencia N°1268-2020, se amplió los alcances de esta medida hasta el 12 de abril del 2020 y ahora, ante la nueva prórroga del estado de emergencia, se extiende el plazo hasta el 26 de abril.

La medida incluye los plazos legalmente establecidos para la entrega de información requerida a la SBS de manera virtual, así como los plazos a los que se refieren los artículos 252 y 253 del Texto Único Ordenado de la Ley N°27444.

LEESBS publicará hoy el procedimiento para retiro de hasta S/2000 de fondos de AFP

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