Promulgan ley que faculta el retiro de los fondos de AFP

La norma fue publicada la mañana de este miércoles en el Diario Oficial El Peruano

Foto: Canal N

La mañana de este miércoles apareció publicada en el Diario Oficial El Peruano la resolución que autoriza el retiro de fondos de la AFP hasta por un monto de 17 200 soles, 4 unidades impositivas tributarias.

La medida fue aprobada días atrás por el Congreso y firmada por el anterior presidente Manuel Merino, de breve período de gobierno.

El documento lleva la firma de Merino y del expresidente del Consejo de Ministros, Ántero Flores-Aráoz, que data del 15 de noviembre último.

Esta medida de retiro extraordinario se dispuso para aquellos que, hasta el 31 de octubre de 2020, no hayan aportado a la AFP por lo menos 12 meses consecutivos. "La ley no es aplicable a quienes califiquen para acceder al Régimen de Jubilación Anticipada por Desempleo", se especifica.

El procedimiento también fue descrito en este documento.

Se presentará una solicitud de manera virtual o presencial por una vez dentro de los 90 días posteriores a la vigencia del reglamento. 

Una UIT (S/ 4300) será abonada cada 30 días después de haber hecho la solicitud. "Ello es aplicable hasta el segundo desembolso y el resto será entregado en el tercer desembolso", especifica la norma.

En caso el afiliado desee ya no retirar los fondos de su cuenta individual podrá pedirlo por una vez a la AFP 10 días antes de que se realice el desembolso.

También se ha especificado que la ley "mantiene la condición de intangible", por lo que no puede ser objeto de "descuento, compensación legal o contractual".

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