Pleno del Congreso aprobó ley de paridad y alternancia de género

El punto referido al voto preferencial fue pospuesto para un siguiente Pleno del Parlamento

El Pleno del Congreso aprobó la ley de paridad y alternancia de género / Foto: Archivo El Comercio

El Pleno del Congreso aprobó la ley de paridad y alternancia de género en las listas de candidatos. Fueron 111 votos a favor, 15 en contra y 1 abstención, que permitieron la modificación de los artículos 104 y 116 de la Ley 26859, Ley Orgánica de Elecciones.

“El Congreso en pleno voto a favor de la alternancia y paridad, con esto la historia del Perú comenzará a cambiar. La situación de las mujeres, espero, sea distinta, tendremos más representantes mujeres en la política”, dijo Zenaida Solís, legisladora del Partido Morado.

El Pleno del Congreso además votó a favor, para que la ley de paridad y alternancia, sea exonerada de una segunda votación. La norma fue producto de un consenso entre las comisiones de Constitución y Reglamento, y de la Mujer y Familia.

La congresista Solís informó que la Mesa Directiva del Congreso dispuso que el punto referido al voto preferencial sea votado en otro Pleno del Parlamento.

“El voto preferencial es perverso, hace que, en los partidos, los candidatos se conviertan en enemigos. Hace que los que tienen más recursos, padrinos y a veces a la mala, hacer una campaña más solvente”, indicó.

Según el texto aprobado, los candidatos a la presidencia y vicepresidencias de la República, sean de un partido, agrupación independiente o alianza, soliciten su inscripción en una sola y misma fórmula, la cual debe incluir, por lo menos a una mujer a un hombre en su conformación, ubicados intercaladamente de la siguiente forma: una mujer, un hombre, una mujer o un hombre, una mujer, un hombre.

En las elecciones internas o primarias, los candidatos postulan de forma individual. El conjunto de candidatos está integrado por el 50% de mujeres o de hombres, ubicados intercaladamente de la siguiente forma: una mujer o un hombre una mujer. El voto se emite a favor de candidato individual.

La lista resultante de las elecciones internas o elecciones primarias se ordena según el resultado de la votación y respetando el 50% de mujeres o de hombres. Los candidatos que obtengan la mayor votación ocupan los primeros lugares, pero una vez cubierta la cantidad máxima de candidatos de un mismo sexo se continúa con el candidato del sexo opuesto que se requiera para cumplir con la cuota mínima.

La lista final se ordena intercaladamente de la siguiente forma: una mujer, un hombre o un hombre, una mujer. Los candidatos que por cualquier motivo no puedan integrar la lista final, deben ser reemplazados por otro candidato del mismo sexo, para que se asegura la paridad y alternancia.

En la lista de candidatos al Congreso de la República y Parlamento Andino para las elecciones generales se considerarán los resultados de la democracia interna y se ubican los candidatos en forma intercalada: una mujer un hombre o un hombre una mujer. El criterio de paridad y alternancia de género debe verificarse también sobre el número total de candidatos presentados por cada organización política.

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