PJ programó audiencia de Martín Vizcarra para 20 de agosto
El expresidente busca revertir la condena de 14 años de prisión por presuntos sobornos en Moquegua.
El Poder Judicial programó para el jueves 20 de agosto de 2026 a las 11 de la mañana la audiencia de apelación del expresidente Martín Vizcarra.
La Tercera Sala Penal de Apelaciones Nacional evaluará el recurso presentado por la defensa para intentar anular la condena de 14 años de prisión efectiva.
La sentencia fue impuesta por el delito de cohecho pasivo propio tras determinarse el cobro de sobornos cuando se desempeñaba como gobernador regional de Moquegua.
La revisión judicial abordará las irregularidades cometidas en los proyectos Lomas de Ilo y el Hospital Regional de Moquegua por pagos que superan los 2300000 soles.
El tribunal estableció que la sesión se desarrollará de forma virtual y pública a través de las plataformas digitales del Estado. Si el exmandatario o sus abogados no se conectan a la cita, el tribunal declarará abandonado el recurso y la condena quedará confirmada automáticamente.
¿Cuándo se realizará la audiencia de apelación de Martín Vizcarra?
La cita judicial se llevará a cabo el jueves 20 de agosto de 2026 a las 11 de la mañana mediante la plataforma virtual Google Meet.
La resolución del tribunal indica que la presencia de todas las partes involucradas es obligatoria para dar inicio al debate oral.
Los jueces superiores Enríquez Sumerinde, Magallanes Rodríguez y Guillén Ledesma estarán a cargo de dirigir la sesión y escuchar los alegatos de la defensa.
Un día antes de la cita se realizará una prueba técnica para verificar las conexiones a internet de los participantes. El Poder Judicial transmitirá todo el desarrollo de la diligencia en vivo por el canal Justicia TV.
El exjefe de Estado busca dejar sin efecto la sentencia dictada el 26 de noviembre de 2025 por el Cuarto Juzgado Penal Colegiado Nacional.
Aquella primera condena le impuso 14 años de cárcel y la inhabilitación para ejercer cualquier cargo público. La sala penal revisará los argumentos legales presentados por los abogados para determinar si se mantiene o se anula la sanción.
Los magistrados fijaron reglas estrictas para evitar demoras durante la exposición de los abogados de las partes. Las defensas técnicas deberán indicar el minuto exacto de los audios del primer juicio que pretendan utilizar como prueba. El tribunal sancionará cualquier intento de retrasar el proceso según lo establecido en la ley.
¿Qué pruebas aceptó el Poder Judicial para la audiencia del exmandatario?
El tribunal solo aceptó la declaración del testigo Fernando Cotrim Barbieri, quien representa a la Oficina de las Naciones Unidas de Servicios para Proyectos.
Los jueces rechazaron todos los demás documentos y testimonios presentados por la defensa del expresidente por no cumplir los requisitos legales.
La declaración de Cotrim Barbieri se centrará en la firma del convenio para la ejecución de la obra Lomas de Ilo en Moquegua. Esta prueba no pudo presentarse en el primer juicio debido a que el testigo se encontraba fuera del país cumpliendo funciones oficiales.
El tribunal consideró que su testimonio es importante para esclarecer cómo se manejaron las licitaciones públicas en la región sur.
Por el contrario, los magistrados descartaron los memorándums del Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado y declaraciones de colaboradores eficaces.
La sala penal explicó que la defensa no justificó adecuadamente por qué no presentó esos documentos en la primera etapa del juicio. De esta manera, la apelación se debatirá casi en su totalidad con las evidencias que ya fueron analizadas en 2025.
La decisión de limitar los nuevos elementos probatorios acelera los tiempos para resolver la situación legal del imputado. Los abogados del exgobernador solo podrán interrogar al representante internacional durante la sesión fijada. El Ministerio Público mantendrá su acusación basada en los informes financieros de las empresas constructoras.
¿Por qué condenaron a Martín Vizcarra a 14 años de prisión?
El expresidente fue condenado por recibir más de 2300000 soles en sobornos de empresas constructoras mientras era gobernador regional de Moquegua.
Las investigaciones judiciales probaron que el dinero fue entregado a cambio de direccionar las licitaciones de dos obras públicas.
El primer caso está vinculado al proyecto de irrigación Lomas de Ilo, donde se detectaron arreglos ilícitos para la firma de los contratos. El segundo caso corresponde a la construcción del Hospital Regional de Moquegua, obra en la que se cobraron comisiones ilegales. La sentencia de primera instancia determinó que el exautoridad cometió el delito de cohecho pasivo propio en perjuicio del Estado peruano.
Además de los años de cárcel, el fallo le impuso la inhabilitación inmediata para ocupar cargos en la administración pública. La resolución judicial incluyó el pago de una reparación civil económica que deberá ser abonada a favor del tesoro público. El resultado de la apelación fijará si el exjefe de Estado debe cumplir la pena en un centro penitenciario.











