Pedro Castillo: del indulto a la gracia común
A pocos días de dejar el cargo, el presidente Balcázar evalúa otorgar la gracia presidencial al exmandatario Pedro Castillo. Expertos advierten que otorgar este beneficio sería ilegal
El exmandatario Pedro Castillo presentó el último viernes de manera formal ante la Comisión de Gracias Presidenciales del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos una solicitud para que se le conceda el derecho de gracia común, amparándose en el artículo 118, inciso 21 de la Constitución Política del Perú. A diferencia de sus anteriores gestiones procesales, el solicitante ya no apela a razones humanitarias ni de salud, sino a una interpretación constitucional pro-persona sobre los plazos máximos de su detención provisional. El recurso sostiene que el periodo de detención iniciado el 7 de diciembre de 2022 ha excedido con creces los plazos de complejidad de su proceso, el cual se encuentra actualmente en fase de apelación.
De acuerdo con el documento presentado por su defensa, el plazo de investigación compleja de ocho meses, sumado a una prórroga de idéntica extensión aprobada por las autoridades judiciales, venció formalmente el 11 de abril de 2024. La defensa sostiene que, duplicando el parámetro temporal como criterio garantista extremo, el umbral máximo de reclusión preventiva se cumplió el 16 de diciembre de 2024. Al no existir una sentencia judicial firme y consentida a la fecha de la solicitud, Castillo exige al gobierno de José María Balcázar la conmutación y posterior anulación de la prisión preventiva que pesa en su contra.
¿Qué validez tiene el informe emitido por las Naciones Unidas?
El sustento político de la defensa para este pedido radica en un informe de la Organización de las Naciones Unidas (ONU) que concluye que el arresto de Castillo tras el intento de disolución del Parlamento el 7 de diciembre de 2022 vulneró sus derechos fundamentales. El reporte internacional llega a catalogar el mensaje a la nación emitido por el exmandatario como un "acto simbólico" amparado bajo la libertad de expresión, argumentando que no se coordinó un alzamiento militar con las Fuerzas Armadas ni la Policía Nacional.
No obstante, expertos constitucionalistas nacionales como Erick Urbina rechazan tajantemente esta interpretación. Urbina recordó que el mensaje a la nación no fue un acto figurativo, sino una orden directa para disolver el Congreso de la República, intervenir el Tribunal Constitucional y detener a la Fiscal de la Nación, lo que constituyó un golpe de Estado con claras consecuencias jurídicas de ruptura del orden constitucional. Asimismo, precisó que Castillo ha contado en todo momento con asistencia de abogados defensores —iniciando con el exministro Aníbal Torres— y está siendo juzgado por la Corte Suprema bajo las garantías de la legislación nacional.














