Feriado del 30 de agosto: ¿qué pago te corresponde si trabajas hoy?

En la nota conocerás la remuneración que debes recibir si trabajas en esa fecha o el viernes 31 de agosto

Foto referencial: Perú21
Foto referencial: Perú21

El próximo feriado en el Perú será este jueves 30 de agosto por la festividad de Santa Rosa de Lima, y las preguntas acerca de la remuneración por laborar en dicha fecha, así como por trabajar el viernes 31 (día no laborable para el sector público) son explicadas en esta nota.

El Centro Legal de la Cámara de Comercio de Lima (CCL) elaboró un resumen de las normas laborales y casos prácticos sobre el tratamiento laboral y remunerativo aplicable al feriado y al día no laborable de fines de agosto, cita Gestión.

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Víctor Zavala, gerente del Centro Legal de la CCL, dijo al respecto: "en caso que el trabajador del sector privado, que por ejemplo percibe S/ 100 diarios y labora el día feriado, sin descanso sustitutorio, tendrá derecho a percibir tres remuneraciones: S/ 100 por el día feriado y S/ 200 por trabajar en día feriado (sobretasa de 100%)".

Cabe precisar que si el 30 de agosto (viernes) es el día de descanso del trabajador, éste no recibirá remuneración por el feriado y solo percibirá S/100 por el descanso respectivo.

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Si no se labora el viernes 31 de agosto, las horas serán recuperadas la semana siguiente o cuando lo disponga la entidad estatal. De laborarse ese día, el pago es simple, sin sobretasa.  

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