Ejecutivo presentó nuevo proyecto de ley sobre inmunidad parlamentaria

Documento enviado al Congreso solicita que este proyecto de ley sea debatido "con carácter de urgencia"

Nuevo proyecto de ley sobre la inmunidad parlamentaria.

El Poder Ejecutivo presentó al Congreso de la República un nuevo proyecto de ley sobre la inmunidad parlamentaria contemplado en la reforma política impulsada por el gobierno de Martín Vizcarra. 

A través del oficio Nº 150 -2019 -PR, el Ejecutivo presentó el Proyecto de Ley de Reforma Constitucional que modifica el artículo 93 de la Constitución y pidió que sea debatido con carácter de urgencia. 

"Este nuevo texto para reformar la Constitución Política, en lo relativo a la inmunidad parlamentaria, se presenta para un nuevo debate del Congreso de la República, debido al archivamiento del proyecto de ley de reforma constitucional Nº 4192/2018-PE, presentado por el Poder Ejecutivo, en el marco de la reforma política que se viene impulsando", se lee en el documento. 

"En ese sentido, solicitamos por su intermedio al Congreso de la República, que debata la presente propuesta, con carácter de URGENTE, de conformidad con el artículo 105 de la Constitución Política, la misma que incide en que el levantamiento de inmunidad por la presunta comisión de delitos comunes por los congresistas se encuentre a cargo de un organismo distinto al Congreso de la República", agregaron. 

¿Qué plantea este proyecto de ley? 

Proyecto de Ley de Reforma Constitucional que modifica el artículo 93 de la Constitución plantea que "no pueden ser procesados ni presos sin previa autorización del Congreso o de la Comisión Permanente, desde que son elegidos hasta un mes después de haber cesado en sus funciones".

Asimismo, "no pueden ser procesados ni detenidos sin previa autorización de la Corte Suprema de Justicia de la República, salvo el caso de delito flagrante, desde que son elegidos hasta un mes después de haber cesado en sus funciones".

Además, "el pronunciamiento sobre el pedido de levantamiento de inmunidad debe darse dentro del plazo improrrogable de treinta días hábiles tras ser recibido. En caso de ser detenido por delito flagrante, el congresista será puesto inmediatamente a disposición de la Corte Suprema, con conocimiento del Fiscal de la Nación”, indica la iniciativa legislativa.

Este proyecto de ley señala que el Pleno del Congreso con el voto de los dos tercios del número legal de sus miembros, debe suspender o no al congresista durante el proceso iniciado en su contra cuando se trate de delitos dolosos con pena mayor a cuatro años.

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