Defensoría sobre ONP: Norma aprobada es inconstitucional y afecta el derecho a una pensión

Defensoría del Pueblo indicó que retiro de fondos de ONP afecta el derecho fundamental a una pensión de las personas adultas mayores

Defensoría del Pueblo se pronunció sobre norma de ONP. Foto referencial: Andina / Difusión
Defensoría del Pueblo se pronunció sobre norma de ONP. Foto referencial: Andina / Difusión

La Defensoría del Pueblo sostuvo que el dictamen aprobado por el Congreso para el retiro de fondos de la ONP de hasta S/4300 es “abiertamente inconstitucional”. Refirió que es una iniciativa que afecta el derecho fundamental a una pensión de las personas adultas mayores.

A través de un pronunciamiento, la Defensoría consideró que el retiro masivo de estos fondos es “una amenaza a la dimensión social del principio constitucional del equilibrio financiero, que hoy, más que nunca, debe preservase a efectos de hacer sostenibles en el tiempo las políticas destinadas a materializar los derechos fundamentales de la población”.

Sostiene además que no debe aprobarse “una propuesta que desnaturaliza la seguridad social en perjuicio de los y las pensionistas”.

Agrega, que es “indispensable someter a un amplio y participativo debate el rediseño del sistema actual para garantizar que más personas cuenten con pensiones durante su vejez”.

“El proyecto aprobado resulta abiertamente inconstitucional, pues vulnera el deber del Estado de garantizar el acceso de toda persona al derecho fundamental a una pensión, previsto en los artículos 10, 11 y 12 de la Constitución Política del Perú”, afirmó la Defensoría del Pueblo.

“Según estas normas, la intangibilidad de los fondos y las reservas de la seguridad social constituyen una garantía institucional para proteger este derecho y permitir que las personas adultas mayores cuenten con una fuente de ingresos segura durante la vejez”, enfatizó.

Finalmente, la Defensoría consideró que, en periodos de crisis como el actual, muchas personas requieren del apoyo excepcional del Estado para subsistir o evitar caer en la pobreza. 

“Sin embargo, las medidas que se adopten para garantizarlo deben respetar el marco constitucional. La norma aprobada, no obstante, sus nobles propósitos, inevitablemente afectará a aquellos a quienes busca proteger, e inexorablemente será declarada inconstitucional”, concluyó.

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