Centros comerciales y restaurantes podrán atender dentro del local en provincias de riesgo extremo

Asimismo, las peluquerías, spas, barberías, zoológicos, museos, entre otros, podrán reiniciar actividades.

 

Foto: GEC.

Las nuevas disposiciones del Gobierno que regirán desde el 1 al 14 de marzo implica el reinicio de actividades en centros comerciales y la atención al público en restaurantes al interior del local en provincias con un nivel de riesgo extremo.

Es así que en estas 24 provincias, los centros comerciales, tiendas por departamento, galerías y congloremados se permite un aforo del 20%.

Los restaurantes y afines podrán atender con un 30% de su aforo en zonas internas con ventilación, y 30% al aire libre. Cabe mencionar que el delivery es permitido de 4 a. m. hasta las 11 p. m. de lunes a domingo.

También tendrán permitido atender a un aforo de 30% las bibliotecas, centros culturales, monumentos arqueológicos, jardines botánicos y zoológicos. Y un 20% para las artes escénicas y enseñanza cultural en espacios abiertos.

Centros comerciales y restaurantes podrán atender dentro del local en provincias de riesgo extremo

Nivel de riesgo muy alto

En las provincias con un nivel de riesgo alto, la atención en centros comerciales, tiendas y conglomerados, el aforo permitido es del 30%.

En restaurantes, para la atención dentro del local, el aforo máximo es del 30%. Los templos y lugares de culto podrán recibir hasta un 20% de su capacidad.

Para actividades de clubes y asociaciones deportivas, el aforo máximo es del 30%. Mientras que bibliotecas, centros culturales, museos y monumentos arqueológicos, se permite funcionar con una capacidad de hasta el 40%.

Tanto en las provincias en riesgo extremo y muy alto, las playas no estarán abiertas al público. Asimismo, el transporte interprovincial será con capacidad del 50% al 100%.

Centros comerciales y restaurantes podrán atender dentro del local en provincias de riesgo extremo

Nivel de riesgo alto

Para las 7 regiones con un nivel de riesgo alto, la atención de casinos, tragamonedas, gimnasios, cines y artes escénicas, la atención permitida es al 30% del aforo. 

En tiendas en general, centros comerciales y conglomerados, la capacidad autorizada es de 40%. Restaurantes y afines podrán atender dentro de local con un 50% de aforo y un 60% al aire libre.

Los templos y lugares de culto podrán funcionar con un 30% de capacidad. Clubes y asociaciones deportivas tendrán un 40% de aforo permitido. 

Y las bibliotecas, los museos, monumentos arqueológicos, centros culturales, zoológicos podrán operar con un 50% de su capacidad.

Centros comerciales y restaurantes podrán atender dentro del local en provincias de riesgo extremo

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