Cancillería aclara límites de donaciones a Venezuela
El Ministerio de Relaciones Exteriores precisó que por restricciones normativas la institución no puede recibir ni transportar bienes físicos de privados
El Ministerio de Relaciones Exteriores aclaró las restricciones normativas vigentes que impiden a la institución recibir, almacenar o transportar bienes físicos recolectados por entidades privadas o ciudadanos particulares. La precisión institucional se emitió ante las constantes solicitudes de empresas, gremios y asociaciones civiles que buscan enviar ayuda humanitaria a Venezuela tras los terremotos. Según indicó la entidad gubernamental, la legislación peruana actual limita la recepción estatal de donaciones materiales directas de origen privado.
Fuentes oficiales señalaron que el propósito de este comunicado es orientar la voluntad de apoyo de la ciudadanía hacia mecanismos viables y efectivos de asistencia internacional. El Ministerio de Relaciones Exteriores especificó que toda ayuda destinada al país caribeño debe canalizarse a través de las plataformas económicas oficiales habilitadas por el sistema internacional.
La política de cooperación internacional se mantendrá activa exclusivamente mediante las modalidades financieras validadas por los organismos que operan en la zona del desastre. La sede de la Cancillería en Lima no viene realizando acopio de víveres ni vestimenta debido a los impedimentos legales descritos en su pronunciamiento.

¿Cómo canalizar ayuda económica a través de la ONU?
La Oficina de la Coordinadora Residente del Sistema de las Naciones Unidas en el Perú confirmó que el Fondo Humanitario para Venezuela tiene habilitada una plataforma oficial y segura para recibir donaciones económicas. Las transferencias de fondos monetarios se realizan de manera directa hacia las cuentas administradas por los programas internacionales con mandato en respuesta humanitaria.
Para realizar transferencias directas al Fondo Humanitario para Venezuela, las empresas y particulares deben ponerse en contacto mediante el correo electrónico institucional [email protected]. Dicha entidad proporciona ayuda vital, atención médica de emergencia, agua potable, educación y medios de subsistencia a través de organizaciones no gubernamentales locales de confianza.
Otras Agencias, Fondos y Programas de las Naciones Unidas con presencia activa en Venezuela también se encuentran plenamente habilitadas para recepcionar los aportes financieros de los donantes peruanos. Entre estas instituciones se listan la Agencia de la ONU para los Refugiados (ACNUR), el Fondo de Población de las Naciones Unidas (UNFPA) y la Organización Internacional para las Migraciones (OIM). Asimismo, el Programa Mundial de Alimentos (PMA) y el Programa de las Naciones Unidas para el Desarrollo (PNUD) reciben fondos en sus portales.
¿Cuáles son las cuentas bancarias autorizadas para recibir los aportes?
El Fondo de las Naciones Unidas para la Infancia (Unicef) habilitó cuentas bancarias formales en el Banco de Crédito del Perú (BCP) para centralizar la ayuda económica desde nuestro país. Para las aportaciones en moneda nacional, se dispuso la cuenta corriente en soles número 1930047766083, con Código de Cuenta Interbancaria (CCI) 00219300004776608311.
Para las contribuciones en moneda extranjera, Unicef puso a disposición la cuenta en dólares del BCP número 1930090178197, cuyo Código de Cuenta Interbancaria corresponde al 00219300009017819711. Asimismo, con el fin de facilitar las microdonaciones de los ciudadanos particulares, la organización habilitó el número de billetera digital Yape 989598879.
Las autoridades del Ministerio de Relaciones Exteriores indicaron que continuarán realizando todos sus esfuerzos para prestar la ayuda humanitaria a la República de Venezuela. El personal técnico de la Cancillería mantendrá la difusión de los canales económicos seguros de la ONU durante todo el periodo que dure la crisis humanitaria.














