Declaración de renta 2023: Este es el cronograma para personas naturales
Desde el 13 de mayo, los contribuyentes pueden acceder al formulario para presentar su Impuesto a la Renta tanto en la página web y en la aplicación móvil de la Sunat
La Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria (Sunat) puso a disposición el Formulario Virtual N.° 709 en su portal institucional, permitiendo a las personas naturales sin negocio presentar su Declaración Anual del Impuesto a la Renta correspondiente al ejercicio gravable 2023.
Óscar Osorio, profesional de servicio al contribuyente de la Sunat, en diálogo con Canal N detalló que, la entidad espera que alrededor de 600 mil ciudadanos cumplan con esta responsabilidad fiscal antes de la fecha límite establecida.
Cronograma para declaración anual de la renta
Detalló que el cronograma es válido para “todas las personas naturales sin negocios ya sean renta de primera categoría, que es alquiler. Renta de segunda categoría que, es ganancia de capital. Renta de cuarta categoría, que son los que reciben recibos por honorarios, son los que emiten y la quinta categoría que son trabajadores en planilla. También para las MYPE que son las empresas de tercera categoría que obviamente no tienen ingresos superiores a los 1.700 UIT”.
Por ejemplo, si su último dígito de RUC termina en 1 el plazo límite para poder declarar es el 28 de mayo.
Recomendó no esperar al último día de vencimiento que va del 27 de mayo al 11 de junio de 2024, para evitar contratiempos y podrían recibir una multa si se declara fuera de fecha.
Para realizar la declaración debe ingresar al portal: https://renta.sunat.gob.pe/ y seguir los pasos. Según Osorio, “es bien intuitivo. Por ejemplo, si usted es trabajadora, pone PERSONAS y ahí puede hacer su declaración simplemente poniendo el periodo 2023 y llenando las casillas. Que de por sí ya está automatizado, ya hay un archivo personalizado que arrastra sus ingresos. En este caso todos los gastos que ha tenido”, detalló.
¿Qué son los gastos deducibles?
SUNAT devuelve el saldo a favor que puede tener un contribuyente por la realización de gastos deducibles, como el consumo en un restaurante, el servicio de un abogado o un gasfitero, o cuando el empleador retuvo en exceso; por ello, SUNAT tendrá la información en sus sistemas de todos sus ingresos, gastos deducibles y sus retenciones, de esta manera obtendrá el saldo a favor. Para esto se debe hacer una declaración jurada de rentas. “Siempre que me den una boleta electrónica, esos gastos deducibles”, comentó.
¿Qué es la devolución de oficio?
La devolución de oficio es aquel trámite que inicia la SUNAT para devolver el importe que tienes un ciudadano a su favor, sin necesidad de trámites adicionales, salvo cumplir con informar el Código de Cuenta Interbancario (CCI) que permita a la SUNAT realizar el abono del importe en una cuenta bancaria.