Poder Judicial negó que se haya reducido penas a agresores de policías

Juez Víctor Prado Saldarriaga señaló que solo se busca la proporción en las condenas

Víctor Prado Saldarriaga. Foto: Andina
Víctor Prado Saldarriaga. Foto: Andina

Víctor Prado Saldarriaga, expresidente del Poder Judicial y presidente de la Sala Penal Transitoria, rechazó que a través de un acuerdo plenario, se haya reducido la penas a quienes agreden a policías.

Indicó que, por el contrario, lo que se busca es la proporción en las condenas. Añadió que no se puede sancionar de igual medida a una persona que golpea o emplea armas contra un efectivo policial, que a otra que lo insulta o agravia.

“El hecho de responder de mala manera, actuar bajo los efectos de alcohol, profiriendo acciones indebidas a la autoridad, no alcanza la magnitud de una agresión física, eso no quiere decir que carezca de relevancia penal, y esto es lo que el acuerdo precisa con bastante detenimiento en sus fundamentos del 17 hasta el 20”, aclaró Saldarriaga.

Prado Saldarriaga afirmó que, efectivamente, en el II Pleno Jurisdiccional Extraordinario se vio ese caso debido a las reacciones controversiales a raíz de la sentencia de ocho años de prisión contra Silvana Buscaglia por agredir a un policía.

“No se puede comparar el caso La Parada donde hay una agresión, lesiones, atentado contra la autoridad, con el caso antes mencionado, sin embargo, también hay que aclarar que las lesiones menores contra un efectivo también tienen pena de cárcel que llega a los seis años”, señaló.

El magistrado calificó de sesgadas las declaraciones dadas por un funcionario del Ministerio del Interior, quien aseguró que se habían reducido las penas a los agresores de policías.

“El funcionario de manera sesgada solo se ha referido a un breve pasaje del fundamento 21 del Acuerdo Plenario, sobre la proporcionalidad de las penas que corresponde a cada caso de violencia o resistencia a la autoridad, según su gravedad”, anotó.

Agregó que el referido fundamento no constituye el texto íntegro del Acuerdo Plenario, por lo que los magistrados de la Corte Suprema, particularmente los que integran el Pleno Penal rechazan esas declaraciones.

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