Peatones infractores: policía retomará en setiembre la aplicación de papeletas

Faltas muy graves incluyen multas de S/. 115.50

 Las multas a los peatones infractores serán cobradas por el SAT / Foto: Andina
Las multas a los peatones infractores serán cobradas por el SAT / Foto: Andina

La Policía de Tránsito retomará en setiembre la aplicación efectiva de papeletas a aquellos peatones que infrinjan las normas de tránsito, como atravesar indebidamente el crucero peatonal en plena luz roja, no utilizar los puentes peatonales y desobedecer las indicaciones de los agentes del orden que dirigen el tránsito.

El mayor PNP Juan Carlos Bueno, responsable de la División de Control de Tránsito, señaló a la agencia Andina que esta medida es necesaria teniendo en cuenta que la segunda causa de accidentes de tránsito en la capital es la imprudencia de los peatones, quienes en muchos casos cruzan la calzada bajo los efectos del alcohol.

Según el Decreto Supremo 040-2010-MTC, las sanciones a los peatones que cometan faltas muy graves como cruzar la calzada sin respetar las normas de tránsito, hacerlo intempestivamente o bajo los efectos del alcohol y las drogas, son una multa de 3% de una UIT (actualmente S/. 115.50) y la interrupción del viaje.

Como faltas graves están tipificados: bajar o ingresar repentinamente a la calzada para intentar detener un vehículo, así como subir o bajar de vehículos en movimiento; utilizar las señales de tránsito con fines publicitarios u otros; arrojar o abandonar objetos o sustancias en la vía pública que dificulten la circulación o constituyan peligro para los usuarios. En estos casos la sanción es una multa equivalente al 0.75% de una UIT (S/. 28.80) e interrupción del viaje.

El organismo encargado de ejecutar el cobro de las multas impuestas a los peatones infractores del Reglamento de Tránsito es el Servicio de Administración Tributaria (SAT) de la Municipalidad de Lima.

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