Caso Mordaza: ministro Adrianzén afirmó que no renunciará tras ser interpelado

Aseguró que no hay una preferencia por el procurador Joel Segura.

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El ministro de Justicia, Gustavo Adrianzén, llegó al Congreso para someterse al proceso de interpelación por la presunta censura contra la procuradora del Lavado de Activos, Julia Príncipe.  

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Sin embargo, cuando Adrianzén llegó a la sede del Poder Legislativo un hecho llamó la atención, pues apenas se encontraban 3 legisladores. 

El titular del Ministerio de Justicia respondió 13 preguntas relacionadas a la presunta mordaza contra Príncipe que tiene a su cargo las investigaciones de las supuestas agendas de Nadine Heredia, así como el financiamiento de las campañas del Partido Nacionalista en el 2006 y el 2011. 

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En el pliego de preguntas, el Congreso resalta que si bien hubo críticas a Príncipe por sus declaraciones en torno al caso Nadine Heredia, no ocurrió lo mismo con el procurador anticorrupción Joel Segura al pronunciarse sobre la investigación de la Interoceánica y los Narcoindultos

“Se ha mencionado una supuesta preferencia por el procurador Segura, él también está siendo procesado por la misma causa”, refirió el ministro. 

A su salida de la interpelación afirmó que no renunciará, mientras la oposición se encuentra recolectando firmas para su censura.  

Estas son las treces preguntas que deberá contestar el titular del Ministerio de Justicia: 

1. ¿Desde qué fecha el Consejo de Defensa Jurídica del Estado requiere a los procuradores del Estado la presentación de solicitudes de autorización para realizar declaraciones ante los medios de comunicación?

2. ¿A partir de las consideraciones establecidas en el oficio 2305-2015-JUS, del 11 de junio de 2015, remitido a la procuradora Julia Príncipe, cuáles han sido los efectos en la defensa jurídica del Estado? (Como se recuerda, Julia Príncipe fue requerida a través de dicho oficio para que dé explicaciones sobre sus declaraciones en torno al caso de la primera dama, Nadine Heredia).

3. ¿Qué autoridad u órgano del Estado determina si un proceso es emblemático? ¿Cuáles son los criterios para calificar un proceso como emblemático? ¿Los procesos calificados como tales tienen un tratamiento diferente a los considerados no emblemáticos?

4. ¿Cuáles son los procesos pendientes considerados como emblemáticos?

5. ¿Cuáles fueron los fundamentos y justificación que el procurador Joel Segura esgrimió en su solicitud de autorización para sustentar la pertinencia de realizar declaraciones sobre los supuestos actos de corrupción en la construcción de la carretera Interoceánica, que implicarían a los gobiernos de los ex presidentes Alan García y Alejandro Toledo?

6. ¿En qué contribuía a la defensa jurídica del Estado que el procurador Segura revelara, a través de los medios de comunicación, su estrategia de trabajo respecto a la investigación de los supuestos actos de corrupción en la construcción de la carretera Interoceánica? ¿ Por qué era conveniente y oportuno que el procurador se presente ante los medios para informar que se había contactado con las autoridades de Brasil y que viajaría a ese país?

7. ¿En qué fecha el procurador Segura solicitó autorización para realizar declaraciones sobre la investigación relacionada a los indultos otorgados por el ex presidente Alan García? ¿Cuáles fueron los fundamentos y justificación para sustentar la pertinencia de emitir declaraciones sobre dicho caso?

8. ¿Por qué consideró usted que las declaraciones del procurador Segura sobre los indultos contribuirían a la defensa jurídica del Estado?

9. El procurador Segura solicitó autorización para realizar declaraciones sobre los hechos que vinculan a la periodista Milagros Leiva con la entrega de dinero a Belaunde Lossio? ¿En qué fecha y cuáles fueron sus fundamentos sobre la oportunidad y pertinencia de las mismas?

10. ¿ Por qué consideró usted como un acto relevante para la defensa jurídica del Estado que el procurador Segura realiza declaraciones ante los medios de comunicación sobre la noticia relacionada a la periodista Milagros Leiva?

11. En que contribuía a la defensa jurídica del Estado el hecho de que el procurador Segura informara a la opinión pública sobre las condenas que podría recaer en la periodista Milagros Leiva?

12. ¿Por qué calificó como un acto de vedetismo y protagonismo el hecho que los procuradores informen sobre asuntos que se investigan en la Procuraduría? Ello a propósito de la presentación de la procuradora Julia Príncipe en los medios de comunicación para informar sobre las investigaciones relacionadas a la primera dama, Nadine Heredia, y el financiamiento de la campaña del Partido Nacionalista en el 2006?

13. ¿Por qué no era conveniente para la estrategia de defensa jurídica del Estado que la procuradora Julia Príncipe informe a la opinión pública sobre el caso específico de la señora Nadine Heredia y el financiamiento de la campaña al Partido Nacionalista?

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