Corte Suprema: rebaja de sueldos solo puede darse en 7 casos

Poder Judicial emitió fallo para unificar la jurisprudencia nacional sobre el tema

Rebaja de sueldos. América Noticias
Rebaja de sueldos. América Noticias

La Corte Suprema aclaró que solo en siete casos podrá reducirse el sueldo a los trabajadores. Además, necesariamente deberá ser un acuerdo entre el empleador y el trabajador o sindicato.

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Con la finalidad de unificar la jurisprudencia nacional, la Corte Suprema fijó los criterios que deberán seguir los jueces en todo el país. El fallo lleva las firmas de los vocales Arévalo Vela, Yrrivarren Falaque, De la Rosa Bedriñaña y Malca Guayalup.

Asimismo, la rebaja deberá ser razonable y proporcional; nunca por debajo de la Remuneración Mínima Vital (RMV) que asciende a 850 soles, informó El Comercio.

Los siete casos son:

Motivos económicos: esto implica el deterioro en el ingreso de la empresa, tres trimestres consecutivos con resultados negativos, que deben ser sustentados con informes auditados.

Motivos tecnológicos: cambios necesarios para evitar que el funcionamiento de la empresa resulte obsoleto por la evolución de la tecnología.

Motivos estructurales: cambios relacionados con la distribución y clasificación del personal para evitar deterioro.

Motivos análogos: hechos que afectan a la empresa y que están fuera de la voluntad de los trabajadores.

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Finalmente, la disolución liquidación de la empresa, además de la quiebra y restructuración también permiten la rebaja de salarios.

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