Extradición de Hinostroza no se ejecutaría hasta que no se defina pedido de asilo

Así lo aseguró Enrique Bustamante, director general de comunidades peruanas en el exterior y asuntos consulares

César Hinostroza está preso en Madrid. Foto referencial: Andina

El director general de comunidades peruanas en el exterior y asuntos consulares, Enrique Bustamante, aseguró que la extradición del exjuez, César Hinostroza Pariachi, preso en Madrid, no se podría ejecutar hasta que se resuelva el pedido de asilo político.

En diálogo exclusivo con Canal N, sostuvo que este proceso de asilo o refugio tiene un plazo máximo seis meses para su resolución y aseveró que, desde el momento de su solicitud, Hinostroza Pariachi cuenta con la protección de la Convención de Ginebra de 1951

“El procedimiento pasa por varias etapas, la primera es el pedido o solicitud de refugio o asilo, que tiene un proceso de evaluación para su admisión. Desde ese momento la persona cuenta con la protección de la Convención de Ginebra del año 51. Inmediatamente después se inicia el proceso donde la persona tendrá que exponer sus razones por las cuales demanda la protección del Estado español y el Estado español evaluará. Esto toma seis meses aproximadamente”, detalló Bustamante.

“Mientras una persona está bajo la protección de la Convención de Ginebra, el proceso de extradición sigue su camino, pero no se puede ejecutar en una resolución final, hay que esperar que se resuelva primero el proceso de refugio o asilo. El plazo máximo que establece la ley española es hasta seis meses, puede terminar en un plazo menor, dependiendo del sustento que presente la persona que esta requiriendo el asilo y de lo que diga la legislación española”, aclaró Enrique Bustamante Llosa.

Aseveró además que tanto el proceso de extradición como de asilo, “caminan por cuerdas separadas y en vía paralela”. Aclaró que a César Hinostroza se le respetó en todo momento su derecho de defensa.

“Son dos mecanismos que caminan por cuerda separada y en vía paralela hasta que exista una resolución final, es decir si una persona está siendo requerida por un Estado y paralelamente solicita el refugio territorial, cuando se resuelve el tema del refugio territorial y este es aceptado, si es que es aceptado, queda el requerimiento de extradición suspendida”, señaló.

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